La Agencia Catalana de Consumo, condenada a indemnizar a Destinia con más de 13.000€

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Un juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Barcelona acaba de dar la razón a Destinia en su recurso contra la Agencia Catalana de Consumo después de varios años de pleitos. La disputa se remonta a finales del año 2010, cuando el ente abrió un expediente sancionador a Destinia por supuestas carencias relacionadas con la información que se facilitaba en su página web. “Ha habido un tiempo en el que las empresas de Internet hemos sido acosadas por la Administración por no entenderse nuestro modelo de negocio y seguir aplicando leyes pensadas para el mundo offline”, señala Amuda Goueli, CEO de Destinia.

Destinia agotó la vía administrativa y planteó el recurso contencioso en el año 2012 tras abonar dos sanciones. Ahora, la Justicia ha estimado el mismo al reconocer que el artículo 30 del Estatuto del Consumidor de Cataluña es nulo e inconstitucional, según la sentencia 166/2012 del Tribunal Constitucional, por vulneración del artículo 25.1 de la Constitución.

Según Alberto Cejo, abogado de Tourism & Law y representante de Destinia en el procedimiento judicial, se ha aplicado con criterio la jurisprudencia del Constitucional que entiende la necesidad de que la ley predetermine suficientemente las infracciones y las sanciones “sin dejarla a la total discrecionalidad administrativa ni sujeta a criterios ambiguos. Las leyes que remiten la calificación de las infracciones como leves, graves o muy graves a un órgano administrativo no garantizan mínimamente la seguridad jurídica de los ciudadanos”.

El resultado es que el juzgado Contencioso-Administrativo barcelonés declara “no ajustada a derecho la resolución dictada en el expediente sancionador de la agencia Catalana de Consumo”. Anula la resolución y declara el derecho de Destinia a que se anule también la sanción impuesta y se devuelvan las cantidades abonadas más los intereses correspondientes. En total, 12.300 euros más otros 1.200 euros de intereses, según estimaciones de la asesoría legal.

“Entendemos que la Administración vele por el cumplimiento de la Ley pero sin ser arbitraria en sus sanciones. Siempre hemos sido estado abiertos a la colaboración para subsanar posibles deficiencias pero las leyes siguen sin estar preparadas aún para el mundo online, mientras que la sociedad sí ha evolucionado en esa dirección”, añade Amuda.

Descárgate la nota en pdf: NP_sentencia_ganada_a_AgenciaCatalanaConsumovf_20141023

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Comments

  • Sam 24 octubre, 2014 at 7:25 am

    os multaron por no facilitar suficiente información al consumidor en vuestra página web y después de pleitear durante 4 años con vuestros abogados os han anulado la sentencia y os devuelven el dinero. Pues muy bien, os felicito por vuestros abogados, pero creo que el cliente debe disponer de la mayor información posible para dar el mejor servicio.

    • Destinia 21 noviembre, 2014 at 2:20 pm

      Estimado Sam,
      Destinia siempre ha colaborado con los reguladores para adaptar su política a la última normativa y nunca se ha negado a cambiar algo cuando ha sido necesario. Pero la sentencia es una muestra de la arbitrariedad con la que puede llegar a actuar la Administración. Dicho esto, ponemos a su disposición nuestro servicio de Att al Cliente: atencioncliente@destinia.com para que nos haga llegar cuantas observaciones estime oportunas.
      Estamos a su servicio.
      Atentamente